Hacer que la responsabilidad social del abogado deje de ser un simple discurso no es una tarea fácil. Más todavía, en un país con un número alto de profesionales sancionados por la comisión de faltas disciplinarias y delitos y con poca disposición para realizar labores no remuneradas.
No obstante, en el 2009, varias firmas legales se unieron para asesorar gratuitamente a las personas de escasos recursos y organizaciones que atienden población vulnerable, a través de la Fundación Pro Bono Colombia.
Estos abogados rigen sus actuaciones por la Declaración de Trabajo Pro Bono para el Continente Americano, que entró en vigencia en enero del 2008. Ese instrumento exige aportar anualmente al menos 20 horas de servicio, con el fin de facilitar el acceso a la justicia de quienes tienen obstáculos para obtenerlo.
Tres años después de que las firmas empezaron a realizar esta labor de la mano de la fundación, se conocen los primeros resultados. ¿Se ha logrado el cometido?
Podría pensarse que cumplir con el mínimo de horas pro bono fijado en Colombia es viable, teniendo en cuenta que en EE UU, la American Bar Association recomienda brindar 50 horas de servicio por año, mientras que en Australia, el National Pro Bono Resource Centre aspira a que cada abogado realice 35 horas anuales.
Sin embargo, Juliana Amaya, directora de la Fundación Pro Bono, cree que no todo el trabajo gratuito que realizan sus miembros corresponde al exigido por la Declaración, pues confunden el tiempo dedicado a esta última con otras actividades, y esto evidencia que no se ha entendido correctamente el concepto de trabajo pro bono.
Según Amaya, la puesta en marcha de este instrumento requiere de un cambio cultural y de visión por parte de los profesionales del Derecho, que tomará mucho tiempo, porque se trata de un proceso lento. Además, asegura, es necesario que las firmas se comprometan con esta labor y la institucionalicen como parte de la jornada laboral y no como una tarea extra.
Pero los abogados no son los únicos actores en este escenario. Como la recepción de los casos se realiza por medio del sistema de la organización y las personas deben disponer de tiempo para proporcionar más información y documentos, Amaya recalca que el compromiso del trabajo pro bono también está en cabeza de los usuarios, quienes, algunas veces, se desentienden de los casos, lo que desestimula el interés de los profesionales en prestarles el servicio y ejercer el litigio.
Ante ese contexto, se ha considerado la posibilidad de cobrar una suma mínima a los solicitantes, con el fin de que asuman su responsabilidad. Por su parte, las firmas deberán ofrecer el mismo trato al usuario pro bono, recalca Amaya.
Al respecto, se debe resaltar que la mayoría de los clientes son personas naturales y las consultas están relacionadas, especialmente, con la violación de derechos fundamentales y temas de Derecho de Familia y Derecho Laboral, que no son las especialidades de las firmas, ya que estas se concentran en asuntos corporativos, financieros y comerciales, entre otros.
Esto implica que los bufetes sean reacios a esos casos, aclara Amaya. No obstante, destaca que el 70 % de las solicitudes obtiene algún tipo de asesoría legal. Por eso, indica que aunque se debe buscar que la atención sea completa, son positivos los avances alcanzados hasta el momento.
Nuevas acciones
Con el apoyo de la Embajada de Gran Bretaña en Bogotá, la organización presentó hace unas semanas su nueva página web: www.probono.org.co, que fortaleció el sistema de control de los casos, para identificar, con precisión, la actitud del abogado con el afectado. Así mismo, el portal pretende ser un punto de encuentro entre los profesionales y un verdadero elemento de comunicación.
Vale la pena resaltar que la fundación requiere de un aporte voluntario de sus socios, destinado a contribuir a su sostenimiento y a la administración y selección de casos. En ese sentido, su directora opina que mientras la organización no sea reconocida por las firmas como la autoridad en la materia, es difícil que todas cumplan con la contraprestación.
No obstante, en el 2011, los aportantes crecieron casi el 50 %. Así mismo, las firmas integrantes de la fundación han atendido más de 280 casos. Entre ellos, se destaca el trabajo conjunto con la Defensoría del Pueblo y el Observatorio Interinstitucional de Cáncer Infantil, encaminado a redactar un proyecto de reglamentación de la denominada Ley de Cáncer Infantil (L. 1388/10), que fue presentado al extinto Ministerio de la Protección Social. Igualmente, se participó en otra iniciativa legislativa con la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.
También se ha trabajado con el Consultorio Jurídico de la Universidad de Los Andes en el tema de protección de los derechos de personas en condición de discapacidad y con el Grupo de Derecho de Interés Público de la misma institución.
En cuanto al proyecto de educación jurídica gratuita, la organización ha realizado talleres y seminarios sobre temas legales a microempresarios, colegios y madres de niños que padecen de cáncer.
Finalmente, con la vinculación de los grupos legales de Promigas y Surtigas, las primeras empresas en apoyar esta labor, la fundación se ha planteado como objetivos el establecimiento de políticas claras en las firmas sobre el trabajo pro bono, la consolidación de la fundación como la principal guardadora e impulsora de la Declaración y el aumento del apoyo económico de todos los socios y el número de casos adelantados ante juzgados.
El tiempo se encargará de señalar si se cumplieron los nuevos fines de la Fundación Pro bono.
Premio Abogado y Firma Pro Bono del año
El pasado 23 de agosto, la Cámara de Servicios Legales de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia y la Fundación Pro Bono entregaron el premio Abogado Pro Bono 2011 a Sebastián Quintero Jiménez. Este galardón se concede anualmente, por los servicios prestados a la comunidad a través de esa organización.
Los candidatos son postulados por los miembros de la fundación. De ellos, se selecciona el abogado y la firma ganadores y se entrega una mención al coordinador más destacado por su gestión. Por su parte, Cárdenas & Cárdenas obtuvo la distinción a la Firma Pro Bono.
En el 2010, Mery Angélica Mantilla, abogada penalista de la Universidad Nacional de Colombia, ganó la distinción. A su juicio, la mayor motivación para realizar esta función es contribuir al bien público, lo que produce satisfacción y un compromiso ético con la comunidad: “Si no se satisfacen los derechos fundamentales y las necesidades básicas, se pueden generar conflictos mayores, como la pobreza y violencia, pues hay una relación directa entre ellos”, concluye.
Socios de la Fundación Pro bono
Estas son las firmas activas que forman parte de la Fundación Pro bono:
Gómez-Pinzón Zuleta
Prías Cadavid Abogados
Muñoz Tamayo & Asociados
Baker & McKenzie
Brigard & Urrutia Abogados
Cárdenas & Cárdenas Abogados
Cavelier Abogados
Lloreda Camacho & Co.
Posse Herrera & Ruiz Abogados
Prieto Carrizosa
Araújo Ibarra & Asociados
Contexto Legal
Lewin & Wills Abogados
Macías Gómez & Asociados
Manrique & Asociados
Rodríguez Montaña Abogados Asociados
Sampedro & Torres Asesores Legales
Grupos Legales Empresariales Promigas y Surtigas
Castro Leiva Rendón Criales Abogados